Primer grupo | Segundo grupo | Tercer grupo | Cuarto grupo |
Se autoriza el ingreso sin visa consular. | Se autoriza el ingreso al país sin Visa Consular. | Se autoriza el ingreso al país con Visa Consular. | Se autoriza el ingreso al país cin visa restringida. |
Permanencia máxima de hasta 90 días. | Permanencia máxima de hasta 30 días. | permanencia máxima de hasta 30 días. | permanencia máxima de hasta 30 días. |
NOTA: las excepciones de ingreso al país para el tercer grupo son:
• Visa de ingreso a Estados Unidos, Canadá, Unión Europea, Visa Schengen, Japón o Corea del Sur, vigente por tres meses.
• Residencia en Estados Unidos, Canadá, Unión Europea, vigente por seis meses.
• Residencia en un país del primer grupo vigente por seis meses puede solicitar visa consular.
• Residentes permanentes con vigencia de seis meses en Guatemala, Honduras, Nicaragua o El Salvador, solicitan visa consular.
• Personas nacionales de Hong Kong con pasaporte británico de ultramar ingresan sin necesidad de visa.
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