Preguntas Frecuentes

¿Quién puede firmar los convenios en la UNA?

Solamente la persona rectora puede firmar un convenio o acuerdo. Ahora bien, esta facultad podrá ser delegada a la dirección de la oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa de la UNA, de acuerdo con las competencias establecidas en la Ley de Creación de la Universidad Nacional, ley cinco mil ciento ochenta y dos, el artículo 43 inciso k) del Estatuto Orgánico de la Universidad Nacional publicado en el Diario Oficial La Gaceta 113 del 12 de junio del 2015, y el inciso c) del artículo 24 TER del Reglamento de Vinculación Externa Remunerada, Cooperación Externa y Relación con la FUNDAUNA, publicado en UNA-GACETA 01-2017 del 24 de enero del 2017.

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